Qué es exactamente la Modalidad 40.
Su nombre legal es continuación voluntaria en el régimen obligatorio y vive en el artículo 218 de la Ley del Seguro Social. Permite que una persona dada de baja del IMSS siga cotizando por su cuenta —sin patrón— en dos seguros: invalidez y vida, y retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Es decir, sigue sumando semanas y, sobre todo, sigue registrando un salario de cotización.
Ahí está su poder para la generación de Ley 73 (quienes cotizaron por primera vez antes del 1 de julio de 1997; aquí está el comparativo Ley 73 vs Ley 97): su pensión se calcula con el salario promedio de las últimas 250 semanas de cotización —unos 4.8 años—. Quien cotizó décadas con salarios medios puede, en la recta final, registrar un salario más alto en Modalidad 40 y elevar de forma importante la pensión mensual vitalicia que recibirá. Para quienes cotizan bajo la Ley 97 el mecanismo también existe, pero las aportaciones solo se suman al saldo de la Afore: no hay efecto multiplicador de fórmula.
Requisitos en 2026.
- 52 semanas cotizadas en el régimen obligatorio dentro de los últimos cinco años anteriores a la baja.
- Estar dado de baja (sin relación laboral registrada ante el IMSS).
- Solicitarla dentro de los cinco años siguientes a la fecha de baja; pasado ese plazo, el derecho se pierde (artículo 219 LSS).
- Elegir el salario de cotización: igual o mayor al que tenías al momento de la baja, con tope de 25 veces la UMA.
El trámite es gratuito y está digitalizado: se hace en línea con CURP y correo electrónico en el portal de servicios digitales del IMSS, o de forma presencial en la subdelegación que corresponda. La ficha oficial es el trámite IMSS-02-007.
Cuánto cuesta: el calendario completo 2026-2030.
La cuota corre íntegra por cuenta de la persona asegurada. Por la reforma de pensiones publicada en el DOF el 16 de diciembre de 2020, el componente patronal de cesantía y vejez —que en Modalidad 40 absorbe el asegurado— sube de forma escalonada cada año. Para salarios de 4.01 a 25 UMA, el calendario queda así:
| Año | Cuota sobre el salario registrado | Pago mensual al tope de 25 UMA* |
|---|---|---|
| 2025 | 13.347% | ≈ $11,900 |
| 2026 | 14.438% | ≈ $12,900 |
| 2027 | 15.528% | ≈ $13,850 |
| 2028 | 16.619% | ≈ $14,820 |
| 2029 | 17.709% | ≈ $15,790 |
| 2030 | 18.800% | ≈ $16,760 |
*Calculado con la UMA 2026 ($117.31 diarios, INEGI; tope diario de $2,932.75). La UMA se actualiza cada febrero, de modo que los pagos reales de años futuros serán mayores. En salarios menores a 4 UMA el porcentaje es algo más bajo. Cifras ilustrativas, no garantizadas.
Dos lecturas honestas de esta tabla. Primera: cada año de espera encarece el mismo plan — quien evalúa entrar, gana claridad haciendo el cálculo ahora y no en 2028. Segunda: la Modalidad 40 es un compromiso de flujo mensual de varios años; conviene dimensionarlo contra el presupuesto familiar antes de firmar, porque dejar de pagar dos meses causa baja (con derecho a reingreso dentro de los doce meses siguientes, pagando lo omitido con recargos).
Cuánto puede mejorar la pensión.
Depende de tres variables: semanas totales cotizadas, edad de retiro (la pensión por cesantía va de 60 a 64 años con porcentajes crecientes; la de vejez, a los 65, paga el 100% de la cuantía) y el salario promedio de esas últimas 250 semanas. Elevar ese promedio es justamente lo que la Modalidad 40 permite. Con el tope de 25 UMA sostenido los últimos cinco años, muchas semanas acumuladas y retiro a los 65, la pensión teórica de Ley 73 puede acercarse a su máximo, que con la UMA 2026 ronda los $88,000 mensuales. Los casos publicados en prensa muestran mejoras de dos a tres veces la pensión que correspondería con el salario histórico.
Las cifras de proyección son ilustrativas, no garantizadas. La corrida real se hace con tu constancia de semanas cotizadas y tu salario registrado — la calculadora oficial de CONSAR es el punto de partida correcto, y un especialista en seguridad social puede validar el caso concreto.
El punto que casi nadie revisa: te quedas sin servicio médico.
Desde la Ley del Seguro Social de 1997, la continuación voluntaria no genera derecho a los servicios médicos del IMSS. La paradoja es seria: la etapa en que una persona entra a Modalidad 40 —típicamente entre los 55 y los 64 años— es exactamente la etapa donde la atención médica pesa más, y queda descubierta justo mientras se invierte en la pensión.
Las dos rutas para cerrar ese hueco son complementarias, no rivales. El propio IMSS ofrece el Seguro de Salud para la Familia, una contratación anual independiente que da acceso a los servicios del Instituto. Y un seguro de gastos médicos mayores privado cubre hospitalización, cirugías y padecimientos mayores en la red privada, con suma asegurada contractual. Muchas familias combinan ambas: la primera para atención cotidiana, la segunda para los eventos grandes.
Una advertencia necesaria: el IMSS verifica la autenticidad.
La Modalidad 40 creció mucho en los últimos años y el Instituto ha reforzado la verificación de que las semanas y los salarios registrados correspondan a relaciones laborales reales. Los esquemas que ofrecen "altas" con patrones de papel para reactivar derechos, o salarios inflados artificialmente antes de la inscripción, pueden terminar en cancelación de semanas y de la pensión, además de responsabilidades legales para quien participa. La regla es simple: la Modalidad 40 funciona sobre una historia laboral verdadera. Si alguien te ofrece atajos, esa oferta es el riesgo.
Dónde encaja la Modalidad 40 en el plan completo.
La pensión del IMSS administra principalmente uno de los cuatro riesgos del retiro: la vejez. La longevidad —vivir más años de los que el ahorro alcanza— queda parcialmente cubierta por tratarse de una pensión vitalicia, y eso es precisamente lo que hace tan valiosa la mejora vía Modalidad 40. Pero los riesgos de faltar antes de tiempo o de una invalidez durante los años de aportación, y la cobertura médica de la que hablamos arriba, se administran con instrumentos distintos. El ejercicio completo —pensión esperada, brecha contra el ingreso que necesitas, coberturas existentes— es lo que llamamos diagnóstico de retiro, un servicio sin costo que entrega el análisis cuantitativo por escenario.
Qué hacer hoy, en orden.
- Descarga tu constancia de semanas cotizadas (portal o app IMSS Digital; aquí está la guía completa de semanas cotizadas) y confirma tu régimen: si cotizaste por primera vez antes del 1 de julio de 1997, eres Ley 73.
- Verifica los dos plazos: 52 semanas dentro de los últimos cinco años, y que no hayan pasado más de cinco años desde tu baja.
- Corre los números: cuota mensual al salario que registrarías (tabla de arriba) contra la mejora esperada de pensión (calculadora CONSAR + validación profesional).
- Presupuesta la cobertura médica en el mismo ejercicio — Seguro de Salud para la Familia, gastos médicos mayores privado, o ambos.
- Haz el trámite directamente ante el IMSS (IMSS-02-007). Es gratuito; nadie debe cobrarte por inscribirte.